Congreso del Estado
Instituto de Investigaciones Parlamentarias

Primer Congreso de Investigadoras del SNI



El día 20 y 21 de Noviembre del 2014, se llevó a cabo el Primer Congreso de Investigadoras del S NI CONACyT, en la Universidad Autónoma de Puebla, representando al Instituto de Investigaciones Parlamentarias del Congreso del Estado de Sinaloa, la Doctora Sonia Escalante López, en la coordinación de tres Mesas de Trabajo [los Problemas que enfrentan las mujeres en su actividad como investigadoras], también participó con la ponencia "Las Investigadoras y el Muro de Contención"

El Congreso de Investigadoras del SNI, busca generar un espacio de reflexión y diseño de propuestas de acción para fortalecer la transversalidad de la perspectiva de género y la equidad en el sistema de investigación científica e innovación tecnológica de México, así como en el subsistema de educación superior.

El objetivo del Congreso de Investigadoras es con el fin que "las mujeres investigadoras" manifiesten los problemas que enfrentan para realizar sus investigaciones, lo que afecta el ingreso y permanencia en el Sistema Nacional de Investigadores del CONACyT.


Es así, que la ponencia de la Doctora Sonia Escalante López, se relaciona con las experiencias propias vividas de la discriminación hacia la “mujer” en algunas Universidades Públicas por consideración del sexo, como lo describe la [Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer], que la expresión por el solo hecho de ser discriminatoria contra la mujer, con lleva a la limitación fundada en el sexo menoscabando el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, debiendo sobre salir la igualdad del varón y la mujer de los derechos humanos y las libertades esenciales, como en la política, economía, social civil, cultural basada en la educación superior en todos los niveles, describiendo que con esto se perturba la Investigación científica de las Investigadoras del SNI, razón que con el solo hecho de la discriminación por sexo se violentan todos los demás derechos humanos de las “mujeres”.

También, expresa la doctora que las Investigadoras SNI que no son de tiempo completo o que no cuentan con número de empleado en las Universidades Públicas, no pueden dirigir tesis en los posgrados de calidad “acreditados” por CONACyT”, además, tampoco consiguen ser parte de los cuerpos académicos ni de lo núcleos académicos, ni tienen participación en los proyectos de investigación científica encaminado a la educación y a la profesionalización.

En su opinión, señala que debe de existir un compromiso y responsabilidad de parte de las autoridades Universitarias para que se constituyan alternativas para mejorar lograr la inclusión de la mujer en la participación de la investigación científica, desafortunadamente muchas veces queda truncada la incorporación de mujeres académicas e investigadoras en las universidades públicas.


En sus consideraciones finales propone que CONACyT, construya mecanismos viables para abrir la ventana a las nuevas investigadoras y la permanencia a las que ya ingresaron al Sistema de Investigadoras.

PROPUESTAS.

PRIMERO. Considerar reformar los ordenamientos jurídicos de aquellas instituciones públicas que sean garantizadas o tengan convenio con CONACyT.

SEGUNDO. Qué las reformas a los ordenamientos jurídicos sean con perspectiva de género.

TERCERO. Además que aquellas investigadoras que no tengan “ tiempo completo” en la Universidad Pública, pero que cumplan con todos los lineamientos que señala el marco jurídico de CONACY,[ que respalde la producción en la docencia, en publicaciones, congresos, proyectos de investigación y que sean SNI, ]puedan tener acceso a ser parte de los cuerpos y núcleos académicos de investigación, participar en los proyectos científicos y que tengan oportunidad de dirigir tesis,” en los posgrados acreditados por CONACyT” para que las investigadoras logren su permanencia en el Sistema, de lo contrario será mucho más difícil mantenerse y poder subir de nivel en el SNI.

CUARTO. Qué CONACyT constituya un cuerpo colegiado para que de seguimiento a estos casos en los cuales las investigadoras cumplan con producción y que no pueden accesar a los programas de investigación de las universidades públicas, articulo 2 fracción XXIV, B, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

QUINTO. Qué se reforme el Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores, como lo señala “La estructura de planeación derivada del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, en la que el tema de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) está ubicado en la Meta III. México con Educación de Calidad;”Programa Institucional CONACyT 2014-2018 página 8 segundo párrafo: instruye a todas las dependencias de la Administración.

Pública Federal (APF) a alinear sus Programas en torno a los conceptos establecidos en las tres estrategias
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iii. Perspectiva de Género.